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Colombo limita el pago de honorarios a los abogados del municipio

Fue por una decisión ética profesional para los casos en los que la municipalidad resulta condenada en costas judiciales. La norma incluye a quienes ejerzan como apoderados, sean o no fiscales municipales.

El intendente Omar Colombo dispuso por decreto que en los casos judiciales que el municipio resulte condenado, quien ocupe el cargo de Fiscal Municipal o apoderado y perciba remuneración en forma mensual, no podrá reclamar el pago de honorarios profesionales regulados por su intervención en la causa.

La medida descripta en el decreto 98/2018 pretende que quien cobra honorarios por una labor no lo haga dos veces por la misma encomienda. Además, la norma prevé que ante la finalización de la relación laboral, el abogado no pueda exigir el pago inmediato de honorarios u otros conceptos devengados en los juicios a su cargo sino hasta tanto finalicen los pleitos y después que el Municipio perciba íntegramente su crédito.

La iniciativa tiene fundamentos en una cuestión ética profesional al no cobrar honorarios por sobre un salario en actuaciones en las que su cliente, en este caso el Municipio, resulta perdidoso en costas. Hasta 2017, la gestión anterior utilizó un mecanismo jurídico distinto y esto generó para la presente administración una erogación millonaria.

La Municipalidad atraviesa hoy un juicio por incumplimientos en los pagos del Fondo de Asistencia Educativa entre 2008 y 2016, en los que la deuda acumulada totaliza un pasivo de $ 7.358.031.31 y las costas que los abogados en representación de la Federación y el municipio deben cobrar $ 1.021.530 y $ 817.224, respectivamente. A estos montos deberá sumarse también el 13% de cada honorario en concepto de aportes a la caja de jubilaciones de los abogados.
 
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