Se extiende el plazo de regularización fiscal
La Municipalidad de Recreo informa que el departamento ejecutivo dispuso prorrogar hasta el jueves 30/11/2017 inclusive, el plazo de vigencia para el acogimiento al régimen de regularización tributaria instituido por la ordenanza del asunto, que alcanza a los tributos: Tasa General de Inmuebles, Tasas y Derechos de Cementerio, Derecho de Registro, Inspección e Higiene y Contribución por Mejoras.
La cual dispone el Régimen Excepcional de Regularización Fiscal, con bonificaciones y facilidades de pago para el ingreso de obligaciones fiscales, por parte de propietarios o responsables, cuyo vencimiento hubiere operado hasta en el mes inmediato anterior, inclusive, a la fecha de puesta en vigencia de la presente Ordenanza.
El proyecto propicia la posibilidad de regularizar deudas en concepto de Tasa General de Inmuebles –TGI- correspondiente a las zonas: Urbana, Suburbana, loteo Las Mercedes de Recreo (Sectores Este y Oeste de la Avda. Circunvalación), sector denominado Country Los Molinos (Emisiones con vencimientos mensuales y semestrales), sección 56 de Luis Zuazquita y Rural; Derecho de Registro, Inspección e Higiene –DRIeH- condicionado a que se acredite, previamente, inscripción en la Administración Federal de Ingresos Públicos y/o en la Administración Provincial de Impuestos; Tasas, Derechos y Arrendamientos de Cementerio; Deudas derivadas de obras sometidas al sistema de Contribución por Mejoras, cualquiera sea su estado de avance: Finalizadas, en ejecución o a iniciar.
Las obligaciones antes enunciadas gozarán de la reducción del 100% (Ciento por ciento) de los intereses resarcitorios devengados hasta la fecha de liquidación de la mismas. Podrán ser canceladas mediante alguna de las siguientes modalidades:
1. Al contado, practicándose un descuento del 10 % (Diez por ciento) sobre el monto total de la deuda.
2. Hasta en 3 (Tres) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin gozar de descuento alguno y sin aplicarse intereses de financiación.
3. En planes de hasta 18 (Dieciocho) cuotas mensuales, iguales y consecutivas, aplicándose un interés de financiación del 1,5 % (Uno punto cinco por ciento) mensual sobre saldo.
4. Los contribuyentes suscriptores de convenios de pago vigentes, que se encontraren con los pagos al día a la fecha de acogimiento podrán cancelar el saldo total adeudado, optando por algunas de las modalidades descriptas en los incisos anteriores.
5. Para todos los casos en que se optare por alguno de los planes de pago dispuestos en los apartados 2 y 3 el monto de la cuota no podrá ser inferior a $ 300 (Pesos trescientos).
Se podrán convenir deudas en planes especiales de pago cuando se verifique alguna de las siguientes condiciones:
1. Jubilados o pensionados de cualquier caja previsional, con un solo haber de carácter mínimo y que sean titulares de una única propiedad a su nombre o en condominio con su cónyuge y/o hijos menores de edad o mayores incapacitados sin ingreso propio y a su exclusivo cargo que residan en la ciudad de Recreo.
2. Contribuyentes beneficiarios de planes o programas sociales/asistenciales del orden nacional o provincial o municipal.
3. Cuando la capacidad económica del contribuyente lo amerite.
Para adherirse debe concurrir al Municipio al área correspondiente a la deuda a regularizar, o puede realizar consultas a los teléfonos Te: 4960018 / 4960304 / 4960364 o al correo electrónico administracion@recreo.gob.ar. PARA DESCARGAR LA ORDENANZA Nº2258/2017 CLICK AQUÍ https://goo.gl/qXfzMv