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Se impulsa el ordenamiento de tránsito pesado

Se impulsa el ordenamiento de tránsito pesado

El Gobierno de la Ciudad de Recreo implementa la ordenanza sancionada por el Concejo Municipal que pretende el ordenamiento del tránsito pesado. En una primera etapa, la medida se implementará en un sector determinado y paulatinamente se irá extendiendo a otros barrios del distrito.

Con el objetivo de regular la circulación y estacionamiento de vehículos de tránsito pesado, proteger la infraestructura vial del ejido urbano y prevenir acciones de riesgo de los usuarios y peatones en la vía pública, el Gobierno de la Ciudad de Recreo impulsa el ordenamiento del transporte pesado.

La ordenanza que regula la iniciativa fue aprobada por Unanimidad por el Concejo Municipal y promulgada mediante decreto del Ejecutivo Municipal.

Alcances

La medida establece la prohibición de la circulación de Vehículos de Tránsito Pesado de más de 5 toneladas (5.000 kilogramos) de carga útil, maquinaría especial y maquinaria agrícola en todas las calles y avenidas determinadas en los sectores denominados en el Proyecto de Ordenamiento Territorial como C1 y C2 que son comprendidos por las siguientes calles: Camino Km 18 – República Argentina – José Hernández – Alberdi – Pedroni – Ruta 11 – Ruta 70 – Estanislao Lopez – Buenos Aires.

Asimismo queda prohibida la circulación de vehículos de transporte pesado en los días de lluvia y de vehículos con carga mal oliente, nociva y tóxica.

Carga, descarga y reparto

La circulación de este tipo de vehículos será permitido, en el determinado sector, para la operatoria de carga, descarga y reparto, con la carga a reglamento, en los siguientes días y horarios:

*de lunes a viernes de 5 a 10 horas y de 14 a 16 horas

*sábados de 5 a 10 horas

*feriados de 5 a 10 horas.

De ser necesario, la circulación o permanencia excepcional de Vehículos de Transporte Pesado en horarios no permitidos, deberá ser comunicada formalmente al Área de Control Municipal.

Estacionamiento

La ordenanza establece la prohibición del estacionamiento para vehículos de tránsito pesado, maquinarias agrícolas o especial, en el sector mencionado y en las banquinas de las rutas provinciales N° 5, N° 70 y en la ruta nacional N° 11.

Quedan exceptuados de esta medida, los vehículos municipales, autobombas y cisternas de Bomberos, blindados para transporte de caudales; vehículos de fuerzas de seguridad y salud; transporte de contenedores de un solo eje; recolección diaria de contenedores y atmosféricos de un solo eje; vehículos de logística de la Empresa Provincial de Energía (EPE); transportes de servicios públicos, empresas de colectivos autorizadas al ascenso y descenso de pasajeros y proveedores oficiales o licenciatarios.

Infracciones

Las infracciones originadas por el incumplimiento de la presente Ordenanza, serán imputadas al conductor, al propietario del vehículo, al propietario del depósito, propietario del comercio y/o destinatario del transporte. En caso de reincidencia el máximo de la sanción podrá elevarse hasta el doble de la pena establecida.

Más Información

Para más información, las personas interesadas pueden comunicarse al 0810-268-6666, o personalmente a la oficina de control.

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