Apoyo a los sectores afectados por la pandemia
El Gobierno de la Ciudad de Recreo informa que desde la próxima semana se encontrarán habilitados los canales de autogestión para tramitar las ayudas de emergencia y eximición de pagos impositivos, vigentes para aquellos sectores afectados por las restricciones por la pandemia de covid-19.
Entre los anuncios se encuentran medidas de alcance nacional y otras decididas por la Provincia de Santa Fe. Los formularios de inscripción, para las ayudas provinciales, estarán disponibles la semana que viene en www.santafe.gob.ar/ms/covid19 (botón CORONAVIRUS).
MEDIDAS DE APOYO A LOS SECTORES AFECTADOS POR LA PANDEMIA
Medidas nacionales
REPRO II
Suma mensual según sector: Afectado No Crítico: hasta $9.000
Crítico: hasta $22.000 (Turismo, deportes, gastronomía, cultura y recreativas.)
El beneficio se extenderá por 1 mes.
*Requisitos
Sectores no Críticos
-Tener domicilio fiscal electrónico
-Completar, vía formulario web, un conjunto de indicadores económicos, patrimoniales y financieros.
-Último balance del ejercicio exigible, certificado por el Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas.
*Requisitos Sectores Críticos
Deberán presentar solamente:
-Variación de la facturación (periodo diferenciado).
-Indicador de liquidez corriente para el mes de abril 2021 (vía formulario web).
-Quedarán exceptuadas de presentar balance.
Beneficio Adicional Turismo
$4.000 para el sector no crítico de Turismo.
Beneficio adicional
Contribuciones Patronales
Reducción del 100% hasta el 31/12/2021 de contribuciones Seguridad Social leyes 19.032 (INSSJP), 24.013 (Fondo Nacional de Empleo), 24.241 (Sistema Integrado Previsional Argentino) y 24.714 (Régimen de Asignaciones Familiares).
Se podrá gozar de este beneficio cada vez que sea beneficiario del REPRO II. (Res 323/2021)
Programa de Asistencia de Emergencia a Trabajadores y Trabajadoras Independientes en sectores críticos
Para sujetos registrados:
Monotributistas Autónomos
Pudiendo ser empleadores y empleadores con hasta 5 trabajadores.
Beneficio: hasta $22.000
-Tener domicilio fiscal electrónico.
-Acreditar 2 pagos en los últimos 6 meses
-Presentar reducción de facturación informada en términos reales del 20%
-Completar activo corriente y pasivo corriente vía formulario web, en caso de tener trabajadores y trabajadoras a cargo.
Medidas provinciales
ASISTENCIA ECONÓMICA DE EMERGENCIA PROVINCIAL
a) Comercio y servicios – b) Turismo – c) Transporte
Plazos: de 1 a 6 meses según afectación por disposiciones de pandemia.
a) COMERCIO Y SERVICIOS Meta: 8200 trabajadores y 3000 comercios del rubro. Inversión estimada: $462.000.000
- Asistencia económica a servicios recreativos, deportivos y sociales: – Asistencia económica al sector gastronómico: Meta:2300 locales, comercios y servicios
b) TURISMO - Asistencia económica al sector hotelero. Meta: 2300 trabajadores y 200 hoteles. $28.330.000 mensuales $169.980.000 en 6 meses.
- Asistencia económica a cabañas, bungalows, hosteles, residenciales, campings, guías de Turismo y Guías de Pesca.
- Asistencia económica a agencias de viaje y servicios anexos a turismo y congresos. Inversión mensual de $29.000.000. Meta: 666 destinatarios Meta: 300 destinatarios. Inversión mensual de $13.000.000 Inversión total estimada: $373.530.000 Meta: empresas
c) TRANSPORTE - Asistencia económica al transporte con fines turísticos: Inversión estimada: $78.000.000 300 desde el 01 de mayo hasta el 31 de julio de 2021
OTROS:
Beneficios para diferentes actividades y sectores productivos
(Desde el 01 de mayo hasta el 31 de julio de 2021)
-EPE
-ASSA
Grandes demandas: Pago a valor histórico de las facturas con vencimiento a partir de abril 2020 hasta junio 2020.
ACTIVIDADES
Suministros de consorcios de galerías comerciales y locales.
Grandes demandas: Facturará solo la potencia registrada en los períodos de consumo de los meses de mayo, junio y julio de 2021.
ACTIVIDADES
-Hotelera
-Gastronómicos
-Salones de Eventos
-Clubes
-Cadenas de Franquicias gastronómicas (multisuministros)
-Empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo nacional radicadas en la provincia de Santa Fe.
El beneficio tendrá un tope máximo en pesos de $100.000 exceptuados de estos beneficios los casinos y salas de juegos.
PEQUEÑAS Y GRANDES DEMANDAS
Pago a valor histórico sin intereses de actualización o mora, para las liquidaciones de servicios con vencimiento, a partir del 17 de mayo 2021; y hasta el 31 de julio 2021
ACTIVIDADES
-Gimnasios
-Asociaciones Vecinales
-Escuela de Danzas y Artes Marciales
-Pilates
-Jardines Maternales
-Peloteros
-Fútbol 5
-Paddle
-Transportes Escolares
-Salones Privados de Eventos
-Escuelas de Conducción
-Talleres y Salas Culturales
-Clubes
-Hoteles
-Complejos turísticos
-Gastronómicos y empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la provincia de Santa Fe.
PLANES ESPECIALES CON DESCUENTOS DE RECARGOS E INTERÉS DE FINANCIACIÓN
Para los períodos/bimestres 3 y 4/2021 se dispondrán de planes especiales con descuentos de recargos e interés de financiación
ACTIVIDADES
-Gimnasios
-Asociaciones Vecinales
-Escuela de Danzas y Artes Marciales
-Jardines Maternales
-Peloteros
-Fútbol 5
-Paddle
-Talleres y Salas Culturales
-Clubes
-Hoteles
-Hoteles Alojamiento
-Centro de convenciones (sin salas de juego en sus instalaciones)
-Bares
-Restaurantes
-Empresas con permiso para realizar servicios de transporte automotor de pasajeros para el turismo de jurisdicción nacional radicadas en la prov. de Santa Fe
*A los usuarios de estos rubros que no cuenten con Consumo Medido se le bonificará hasta un 70% del monto a pagar por los mismos períodos bimestrales indicados.
BENEFICIOS IMPOSITIVOS
Eximición de pago de ingresos brutos (ABRIL A AGOSTO 2021)
Bares, restaurantes, hoteles y alojamientos, salones de eventos y servicios relacionados, Fútbol 5 y demás establecimientos deportivos, jardines maternales y centros de atención de desarrollo infantil, servicios relacionados al turismo, salas de teatro, de eventos culturales y complejos cinematográficos, discotecas y gimnasios.
NO retención y/o percepción SIRCREB:
-Para contribuyentes comprendidos en las normas del convenio multilateral.
-No pago del impuesto mínimo.
-Devolución de retenciones y/o percepciones por Sircreb de abril y mayo. Todo por trámite ante la API
IMPUESTO INMOBILIARIO
Eximición del pago cuotas 2 y 3 a todos estos sectores. Tanto para propietarios como inquilinos.
PEQUEÑOS Y MEDIANOS COMERCIOS MINORISTAS
-EXIMICIÓN saldos de las declaraciones juradas de Ingresos Brutos correspondientes al periodo junio/agosto 2021 para sectores afectados.
-EXIMICIÓN del pago de las cuotas de abril a agosto del Régimen Simplificado de Ingresos Brutos para la totalidad de los pequeños contribuyentes.
PLAN DE REGULARIZACION DE DEUDAS TRIBUTARIAS
-Abonar prácticamente valores históricos
-Suspensión de ejecuciones fiscales y embargos para estos sectores.